Capítulo 1

Plazos y formas de presentar la renta 2025

Fechas clave, borrador, pago fraccionado y dónde presentar

La campaña de la Renta 2025 tiene fechas límite que no debes perder. Puedes presentarla por internet en Renta WEB, confirmar el borrador o pedir cita en una oficina. Si te sale a pagar, puedes fraccionar en dos plazos.

Cuándo y cómo presentar la declaración de la Renta 2025

La AEAT abre la campaña de la Renta cada año en primavera. Aquí tienes todos los plazos y opciones para presentar tu declaración del ejercicio 2024.

Plazos de la campaña 2025

Servicio Apertura Cierre
Renta WEB (Internet) Abril 2025 30 junio 2025
Atención telefónica (Cita previa) Mayo 2025 30 junio 2025
Atención presencial (Oficinas AEAT) Mayo 2025 30 junio 2025
Domiciliación bancaria del pago 25 junio 2025

Nota: Si el resultado es a ingresar y domicilias el pago, el límite para presentar es el 25 de junio (no el 30).

Formas de presentar

1. Renta WEB (la más recomendada)

Accede con Cl@ve, certificado electrónico o referencia (RENØ) en la sede electrónica de la AEAT. Puedes:

  • Confirmar el borrador si AEAT lo tiene completo
  • Modificar o complementar el borrador con tus datos
  • Presentar desde cero si tienes rentas complejas

2. Atención telefónica (Le llamamos)

La AEAT te llama para ayudarte a confeccionar la declaración. Necesitas cita previa. Tendrás que identificarte con tu número de referencia (RENØ) o con Cl@ve.

3. Atención presencial

En las oficinas de la AEAT. Necesitas cita previa. Lleva toda tu documentación: DNI, IBAN, datos del inmueble si eres propietario, y cualquier documento de rentas que no estén en el borrador.

Si la declaración sale a pagar

Tienes dos opciones:

  • Pago íntegro al presentar: antes del 30 de junio
  • Pago fraccionado (sin recargo):
    • 60% al presentar la declaración (máx. 25 junio si domicilias)
    • 40% restante el 5 de noviembre de 2025

El fraccionamiento es automático: solo tienes que solicitarlo al presentar la declaración. No hay intereses.

Si la declaración sale a devolver

La AEAT tiene plazo de 6 meses desde el fin de campaña para devolver. Si no lo hace, empieza a correr el interés de demora a tu favor. En la práctica las devoluciones suelen llegar en pocas semanas si presentas por internet.

Fuente oficial

Manual Práctico IRPF 2025 — Agencia Tributaria

Ver en AEAT →

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