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Aportaciones a Partidos Políticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores

Resumen

Dan derecho a una deducción del 20% las cuotas de afiliación y las aportaciones a Partidos Políticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores.

Datos clave

Porcentaje / importe 20%
Base máxima 600 euros

¿A quién aplica?

Asalariados
Autónomos

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Información completa AEAT

Aportaciones a Partidos Políticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores

Normativa: Art. 68.3.c) Ley IRPF

Dan derecho a una deducción del 20% las cuotas de afiliación y las aportaciones a Partidos Políticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores.

La base máxima de esta deducción será de 600 euros anuales y estará constituida por las cuotas de afiliación y aportaciones previstas en la letra a) del apartado Dos del artículo 2 de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.

Atención: el importe de esta deducción se consignará en la casilla [0725] del anexo A.1 de la declaración.