Para contribuyentes con discapacidad
Normativa: Art. 1.Diez Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre
Cuantía y requisito para la aplicación de la deducción
- 150 euros por cada contribuyente que tenga acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Nota: respecto a la acreditación del grado de discapacidad téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento del IRPF que se comenta en el capítulo 14 de la Parte 1 de este Manual al hablar del mínimo por discapacidad.
- Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente, casillas [0435] y [0460] de la declaración, no sea superior a 40.000 euros, en tributación individual o conjunta.