Destinada a los enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica y sus familiares
Normativa: Art. 11 octies Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril
Cuantía de la deducción
2.000 euros anuales por contribuyente.
Ámbito subjetivo
Podrán aplicar esta deducción:
- Los contribuyentes que hayan sido diagnosticados con Esclerosis Lateral Amiotrófica.
- Los contribuyentes:
- cuyo cónyuge o pareja de hecho, siempre que convivan con él o estén a su cargo, haya sido diagnosticado con esta enfermedad;
- cuyo descendiente o ascendiente, que dé derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente, h aya sido diagnosticado con esta enfermedad.
- cuyo cónyuge o pareja de hecho, siempre que convivan con él o estén a su cargo, haya sido diagnosticado con esta enfermedad;
Los supuestos contemplados en los apartados 1 y 2 anteriores son compatibles entre sí, pudiendo un mismo contribuyente tener derecho a la deducción por ambos conceptos: como diagnosticado de la enfermedad y como familiar de una persona afectada por dicha enfermedad.
Otras condiciones para la aplicación de la deducción
Cuando sean varios los contribuyentes con derecho a la deducción respecto de una misma persona, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.
Precisión:
Se reconoce el derecho a la deducción de 2.000 euros para el contribuyente diagnosticado con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) en todo caso, sin prorrateo.
Adicionalmente, podrán aplicarse una deducción del mismo importe (2.000 euros) los contribuyentes indicados en el punto 2 anterior.
Si el contribuyente con ELA genera a su vez el derecho a la deducción a su cónyuge y a un ascendiente, al proceder dicho derecho de una misma persona, le corresponderán 1.000 euros a cada uno de ellos, por el prorrateo entre contribuyentes reconocidos en las letras a. y b. del punto 2 anterior.