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Para contribuyentes que trasladen su residencia habitual a Extremadura

Resumen

- En general: el 50% de la cuota íntegra autonómica.

Datos clave

Porcentaje / importe 50%

¿A quién aplica?

Asalariados
Autónomos
Información completa AEAT

Para contribuyentes que trasladen su residencia habitual a Extremadura

Normativa: Art. 11 sexies Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril

Cuantía de la deducción

  • En general: el 50% de la cuota íntegra autonómica.
  • En el caso de contribuyentes que tengan menos de 36 años a la fecha de devengo del IRPF: el 75% de la cuota íntegra autonómica. En caso de tributación conjunta, el requisito de edad deberá cumplirlo el contribuyente que traslade la residencia a Extremadura. En el supuesto anterior procederá aplicar el porcentaje de deducción del 75% sobre la totalidad de la cuota íntegra autonómica de la declaración conjunta.

Requisitos para la aplicación de la deducción

  • Que los contribuyentes trasladen su residencia habitual a Extremadura a partir del 1 de enero de 2025. A estos efectos, se entenderá que se produce el traslado de la residencia habitual cuando el contribuyente pase a tener su residencia habitual en Extremadura en los términos previstos en el artículo 72 de la Ley del IRPF. En caso de tributación conjunta, cuando los contribuyentes integrados en una unidad familiar tuvieran su residencia habitual en Comunidades Autónomas distintas, podrán aplicarse esta deducción siempre que se traslade a Extremadura el miembro de dicha unidad familiar con mayor base liquidable de acuerdo con las reglas de individualización de impuesto. En el supuesto anterior procederá aplicar el porcentaje de deducción que corresponda sobre la totalidad de la cuota íntegra autonómica de la declaración conjunta.
  • Que mantengan la residencia habitual en Extremadura de manera continuada durante al menos tres años desde que se produzca el cambio. Si se produce el fallecimiento del contribuyente antes de que transcurra dicho plazo o concurre alguno de los supuestos previstos en la normativa del IRPF que no determinen la pérdida de la condición de vivienda habitual, no se entenderá incumplido el requisito anterior.

Ámbito temporal de aplicación de la deducción

La deducción resultará aplicable en el periodo impositivo en el que se produzca el traslado y en los dos ejercicios siguientes.

Puesto que la norma exige que el contribuyente tenga menos de 36 años a fecha de devengo, para poder aplicar el porcentaje incrementado de deducción del 75% el requisito de edad ha de cumplirse en cada uno de los ejercicios en que se practique la deducción.

Pérdida del derecho a las deducciones practicadas

En caso de incumplimiento de los requisitos establecidos, el contribuyente deberá proceder a la regularización de las deducciones previamente practicadas en los términos establecidos en la normativa vigente del IRPF.