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Límite máximo de la deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla

Resumen

El importe de la deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla no podrá superar en ningún caso el 60% de la suma de las cuotas íntegras.

Datos clave

Porcentaje / importe 60% máximo

¿A quién aplica?

Asalariados
Autónomos

Situaciones relacionadas:

Vivo o trabajo en Ceuta o Melilla
Información completa AEAT

Límite máximo de la deducción

El importe de la deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla no podrá superar en ningún caso el 60 por 100 de la parte de la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica del impuesto.

Atención: el importe total de la deducción por razón de las rentas obtenidas en Ceuta o en Melilla se consignará en la casilla [0727] del anexo A.2 de la declaración.