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Por rehabilitación de la vivienda habitual

Resumen

- El 1.5% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente.

Datos clave

Porcentaje / importe 1.5%
Base máxima 9.040 euros

¿A quién aplica?

Asalariados
Autónomos

Situaciones relacionadas:

Tengo vivienda propia
Información completa AEAT

Por rehabilitación de la vivienda habitual

Normativa: Art. 612-4 Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos

Cuantía y base máxima de la deducción

  • El 1.5% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente. El concepto de rehabilitación de vivienda habitual se comenta el Capítulo 16 de la Parte 1 de este Manual.
  • La base máxima de esta deducción es de 9.040 euros anuales.